A otro Municipio:
Ya no es necesaria la solicitud de la baja en el padrón de un municipio para solicitar el alta en el nuevo municipio al que se traslade, sencillamente debe acudir a su Ayuntamiento para tramitar el alta e indicar el municipio de procedencia.
A otro país:
La persona extranjera que traslade su residencia a otro país, deberá tramitar su baja por cambio de residencia, para lo cual el solicitante deberá presentar un escrito donde se indique esa circunstancia y se acompañará fotocopia de su documento de identidad y documento acreditativo de su traslado.
|
© 2010 AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO Todos los derechos reservados.
Licencia de uso para Colmenar Viejo. Desarrollado con eConstruye de Absis |
ABSIS. Telf. 902 210 099
|
© 2009 DEMO ABS INFORMATICA CASTELLA Todos los derechos reservados.
Licencia de uso para ColmenarViejoCliente. Desarrollado con eConstruye de Absis |