Información sobre Concurso Voluntario "Martinsa-Fadesa"
Tal y como se anunció, desde el Portal Web del Ayuntamiento de Colmenar Viejo se dará traslado de todas las informaciones y comunicaciones recibidas por el Consistorio en relación a la empresa Martinsa-Fadesa, S. A.
A continuación, extractamos la carta recibida el 9 de septiembre de 2008, con registro de entrada número 7.901.
Muy Señor(es) nuestro(s):
Conforme a lo previsto en el artículo 21.4 de la Ley Concursal, 22/2003 de 9 de julio, les informamos que el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña ha dictado auto con fecha 24 de julio de 2008, declarando en situación legal de concurso voluntario a la mercantil "MARTINSA-FADESA, S.A.", en el procedimiento de concurso ordinario nº 408/2008, sometiendo las facultades de administración y disposición de los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio a la intervención de la Administración Concursal, integrada por la abogada Doña Antonia MAGDALENO CARMONA, la COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES que ha nombrado al auditor KPMG para el ejercicio de dicho cargo, quién ha designado a Don Ángel MARTíN TORRES su representante, y el auditor Don Antonio MORENO RODRIGUEZ designado éste último por el acreedor ordinario "BANKINTER, S.A.".
A través de este escrito les informamos que conforme a lo establecido en el citado articulo 21.1.5º, debe(n) comunicar a esta Administración Concursal los créditos que ostenta frente a 'MARTINSA-FADESA, S.A:, con NIF A80163587, en la forma prevenida en el articulo 85 de la Ley Concursal, conforme a lo dispuesto en el auto dictado por el Juzgado, esto es:
1. Tienen un plazo de un mes que se computará a partir del día 1 de septiembre de 2008, para poner en conocimiento del Juzgado, a fin de que pueda hacerlo llegar a esta Administración concursal, la existencia de los créditos que ostentan frente a la concursada, a fecha 24 de julio de 2008.
2. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. Esta comunicación se efectuará a OFICINA DE REGISTRO DE ESCRITOS DEL JUZGADO DECANO DE A CORUÑA, Edificio de la Audiencia Provincial, Rua Capitán Juan Varela s/n, 15007 A CORUÑA, presentando original y copia de los documentos, mediante escrito dirigido al Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña, concurso 408/2008, no siendo necesario, para la comunicación de los créditos, que otorguen representación a procurador ni que estén asistidos de letrado (articulo 184.3 Ley Concursal). Los legitimados conforme a la Ley Concursal para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.
3. El escrito de comunicación debera contener, obligatoriamente, las siguientes menciones:
a. Nombre y apellidos o Razón Social, domicilio y demas datos de identidad del acreedor (DNI o CIF, teléfono, fax, correo electrónico ).
b. Identificación del crédito, concepto u origen del mismo, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características respecto de su posible carácter contingente o especialidad con que cuente (sujeto a condición resolutoria o suspensiva, carácter litigioso, etc.) y clasificación pretendida (con privilegio especial o general, ordinario o subordinado según los articulos 89 a 92 LC), debiendo indicar, caso de privilegio especial, los bienes y derechos afectos y, en su caso, los datos registrales.
4. Deberán presentar original o copia autenticada de los títulos o documentos relativos a sus créditos, salvo en aquellos casos que se trate de facturas, albaranes o recibos, en los que será válido el envio de fotocopias. En éste último supuesto, también es admisible en soporte informático (CD, DVD) a su comodidad. Asimismo, es conveniente que aporten extracto de su contabilidad en el que se deduzca la deuda pendiente. Pueden consultar sus dudas en nuestra página Web. La Administración Concursal puede reclamar en caso de duda la documentación original.
5. Si los documentos oficiales que justifican el crédito, estuviesen aportados en algún procedimiento judicial o administrativo, hasta la aportación al procedimiento concursal de una copia, siempre que se justifique, en ese escrito, la solicitud efectuada ante el Juzgado del organismo correspondiente para la obtención de testimonio o la devolución de los originales.
Finalmente queremos advertirle(s) que la comunicación de su crédito en la forma anteriormente prevenida fuera del plazo de un mes puede conllevar la clasificación de su crédito como subordinado, perdiendo la naturaleza que pudiera corresponderle.
Atentamente.
LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL.
P.D. PARA FACILITAR EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN A RECIBIR POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL, LES ROGAMOS QUE REMITAN LA HUELLA INFORMÁTICA QUE SE ADJUNTA AL PIE DE ESTA CARTA, JUNTO CON LA RECLAMACIÓN DE SU CRÉDITO (CORTAR Y MANDAR)
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