El Ayuntamiento celebrará un Pleno Extraordinario en el que se explicará la sentencia absolutoria a los gobiernos del Partido Popular

13-Enero-2022.- El alcalde, Jorge García Díaz, ha comparecido ante los medios de comunicación en el Salón de Plenos del Ayuntamiento para valorar la Sentencia 5/2022 del Procedimiento Abreviado 2017 por el que se le acusaba a él, a los alcaldes Miguel Ángel Santamaría Novoa y José María de Federico Corral y a nueve concejales del delito de prevaricación urbanística continuada y cuyo resultado ha sido la libre absolución de todos, y ha anunciado que habrá un Pleno Extraordinario para explicar la sentencia.

“Comparezco con mi gobierno hoy aquí, porque en esta sala hemos sufrido durante años una reiterada condena por diferentes miembros de diferentes partidos, que alimentaba a su vez informaciones reiteradas en las que se nos enmarcaba en fondo y en forma como prevaricadores. Por eso aquí quiero explicaros esta sentencia que ha tardado tanto, pero es tan clara, y por eso habrá una sesión plenaria en la que se pueda recoger en acta de esta casa el resultado del procedimiento, la absolución de todas las personas a las que nos acusaron de un delito de prevaricación continuada en un procedimiento que comenzaba por la asunción del fiscal de que, por separado cada caso no era constitutivo de delito, y en el que la multiplicación por cero, si daba uno”, ha explicado el regidor, Jorge García Díaz, quien también ha leído el texto del artículo cuarto, páginas 45 y 46 de la sentencia a modo de conclusiones:

“Con las consideraciones anteriormente expuestas en cada caso, se puede llegar a la clara conclusión que en la actuación de los miembros de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Colmenar Viejo que intervinieron en el momento de conceder licencias, no se puede observar que cometieran el delito de prevaricación urbanística o el delito de prevaricación administrativa al no concurrir los presuntos legalmente establecidos para su comisión. Y ello, porque no solo se ha probado que se trataron de deficiencias poco relevantes y que muchas de ellas estaban justificadas, sino también, porque la Junta de Gobierno al acordar la concesión de las licencias, en ningún momento omitió el trámite preceptivo de que los técnicos emitieran sus informes. Sin que se pueda considerar que el hecho que su opinión fuera distinta a la de estos técnicos y concedieran las licencias, pueda considerarse delito, porque en ningún momento su decisión fue arbitraria ni injusta, sino muy al contrario, que se concedieron esas licencias, dado que se trataba en algunos casos de deficiencias de muy escasa importancia, y en otras, porque era la única forma de poder solucionar el problema, buscando el bienestar de los vecinos del municipio. Tampoco se ha acreditado, por ninguna prueba practicada, que con estas concesiones se haya podido beneficiar ilícitamente alguno de los acusados, sino que fueron concedidas buscando la mejor solución posible y para no causar perjuicios innecesarios, que hubieran sido desproporcionados en relación con el resultado que se había obtenido al ejecutar la obra alterando levemente lo dispuesto en normativa urbanística”. 

Este párrafo de la sentencia deja clara la correcta forma de actuar de los diferentes gobiernos, y estas líneas también serán leídas en sesión plenaria extraordinaria para que, “las actas de esta institución en las que se reflejan peticiones de dimisión, reprobaciones, y todo tipo de alusiones a esta causa, también reflejen la información de su resolución absolutoria”, ha concluido el alcalde.

 

RdP 13.01.2022 Jorge García Díaz alcalde Colmenar Viejo 2  RdP 13.01.2022 Jorge García Díaz alcalde Colmenar Viejo 3 

 

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